La pensión por Cesantía en Edad Avanzada permite jubilarte antes de los 65 años, a partir de los 60 años cumplidos, cuando quedaste privado de trabajo remunerado en esa etapa de tu vida laboral. Es la principal alternativa a esperar la pensión por vejez y exige el mismo número de semanas cotizadas, pero con un ajuste a la baja en el monto: se paga con un factor de edad reducido. Entender ese costo —y compararlo con lo que ganas por esperar— es la decisión financiera central de esta prestación.
Qué es la cesantía en edad avanzada
La cesantía en edad avanzada cubre la contingencia de quedar sin empleo remunerado a partir de los 60 años. A diferencia de la vejez —que se otorga a los 65 sin importar tu situación laboral—, la cesantía exige acreditar que quedaste privado de trabajo. Pertenece al mismo seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), pero paga menos porque adelantas el retiro: menos años de aportaciones, menos semanas y más años esperados de pago. Solo puedes recibir una de las dos, y la elección entre cesantía y vejez es, en el fondo, una decisión de cuándo retirarte.
Requisitos de la pensión por cesantía (2026)
| Requisito | Ley 1973 | Ley 1997 |
|---|---|---|
| Edad mínima | 60 a 64 años | 60 a 64 años |
| Semanas cotizadas | 500 semanas | 875 semanas (2026) |
| Condición | Estar privado de trabajo remunerado | Estar privado de trabajo remunerado |
| Base del monto | Salario promedio últimas 250 semanas × factor de edad | Saldo de la cuenta individual (Afore) |
Ojo con las semanas Ley 97: por la reforma del DOF 16 de diciembre de 2020, el requisito sube 25 semanas al año. En 2026 son 875 semanas y llegará a 1,000 en 2031. En Ley 73 se mantiene en 500 semanas. Como referencia 2026, la UMA es de $117.31 diarios y el salario mínimo general de $315.04 diarios.
¿Cuánto disminuye la pensión por pensionarse antes?
Bajo la Ley 73 (artículo 171 de la LSS de 1973), retirarte por cesantía aplica un factor de edad escalonado sobre la cuantía que tendrías a los 65 años:
| Edad de retiro | Porcentaje de la pensión |
|---|---|
| 60 años | 75% |
| 61 años | 80% |
| 62 años | 85% |
| 63 años | 90% |
| 64 años | 95% |
| 65 años (vejez) | 100% |
Traducido a pesos: si a los 65 tu pensión calculada fuera de $12,000 mensuales, retirarte a los 60 la fijaría en $9,000 (75%) de por vida; a los 62 serían $10,200 (85%); a los 64, $11,400 (95%). El factor no se recupera: la reducción es permanente.
Cada año que esperas incrementa tu pensión Ley 73 cinco puntos porcentuales, además de sumar semanas y salario al promedio. Por eso conviene modelar el costo-beneficio de retirarte a 60, 64 o 65 años antes de decidir.
Cesantía bajo la Ley 97 y la reforma 2020
En la Ley 97 no existe el porcentaje fijo del artículo 171: el monto sale del saldo de tu cuenta Afore. Pensionarte a los 60 significa menos años de aportaciones y rendimientos, y más años de pago esperado, por lo que la renta mensual será menor que si esperas a los 65. Además, la reforma del 16 de diciembre de 2020 introdujo también un factor de edad escalonado para la cesantía en Ley 97, de modo que la Pensión Mínima Garantizada que puedas recibir también depende de la edad a la que te retires. Si tu saldo no alcanza el mínimo y cumples las semanas, accedes a esa Pensión Garantizada, cuyo monto se determina por salario, edad y semanas según el tabulador vigente de IMSS/CONSAR.
El verdadero costo de adelantar el retiro
Adelantar el retiro tiene tres costos acumulativos que conviene sopesar juntos:
- Menor factor de edad (Ley 73): hasta 25 puntos porcentuales menos a los 60 frente a los 65.
- Menos semanas y aportaciones: dejas de sumar cotizaciones que elevarían el promedio salarial (Ley 73) o el saldo (Ley 97).
- Más años de pago esperado: la misma bolsa de recursos debe repartirse en más años, lo que reduce la mensualidad, sobre todo en Ley 97.
Frente a ello, adelantar tiene un beneficio: cobrar antes. Quien tiene problemas de salud o carece de ingresos puede preferir la certeza de recibir ya. La decisión óptima surge de comparar el valor presente de ambas trayectorias, no de mirar solo la mensualidad.
Estrategia: cómo aprovechar la Modalidad 40
Muchos trabajadores de Ley 73 que planean pensionarse por cesantía usan la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (Modalidad 40) para elevar el salario promedio de las últimas 250 semanas, base con la que el IMSS calcula su pensión. Como la cuantía se determina sobre ese promedio salarial, inscribirse con un salario alto durante los años previos puede aumentar significativamente la pensión final, aun considerando el factor de reducción por edad.
La decisión óptima combina tres elementos: el salario con el que cotizas en Modalidad 40, el número de años que la mantienes y la edad de retiro. Un análisis actuarial del valor presente de los pagos esperados frente al costo de las cuotas voluntarias es la mejor forma de decidir si conviene retirarse a los 60, 64 o 65 años. Un caso frecuente: capturar el salto del factor de edad esperando hasta cumplir años antes de solicitar la resolución.
Errores comunes y documentos
- Solicitar la pensión justo antes de cumplir años: perderías 5 puntos de factor por no esperar unas semanas.
- Asumir que cesantía y vejez pagan igual: la cesantía nunca llega al 100% del cálculo base.
- No verificar la conservación de derechos (Ley 73) antes de dejar de cotizar.
Documentos habituales para el trámite: identificación oficial vigente y CURP; constancia de semanas cotizadas actualizada; comprobante de domicilio reciente; estado de cuenta bancario a tu nombre (CLABE) para el depósito; y documento que acredite tu número de seguridad social (NSS).
Información educativa. No representamos al IMSS ni a ninguna Afore. Confirma tu caso en los canales oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Conviene pensionarse por cesantía a los 60?
Depende. Si tu salud o tu situación económica lo exigen, adelantar la pensión tiene sentido. Si puedes esperar, cada año adicional mejora el monto en ambos regímenes por el factor de edad, las semanas extra y el menor plazo de pago esperado.
¿Puedo trabajar después de pensionarme por cesantía?
Sí, pero si reingresas formalmente al IMSS podrían aplicar reglas sobre la conservación de la pensión y sobre nuevas aportaciones; conviene revisarlo con el Instituto antes de reincorporarte.
¿El factor de edad se recupera si sigo cotizando?
No. El factor se fija según la edad a la que solicitas la pensión por cesantía. Si quieres el 100%, la vía es esperar a la pensión por vejez a los 65 años.
¿Puedo pasar de cesantía a vejez después?
No se acumulan: son prestaciones excluyentes. Al elegir cesantía renuncias a esperar la vejez con factor pleno, por lo que conviene decidir con el cálculo comparativo en mano.
Fuentes oficiales y de referencia
- Ley del Seguro Social de 1973, artículo 171 (factor de edad de cesantía).
- Ley del Seguro Social vigente (seguro RCV) y reforma DOF 16 de diciembre de 2020.
- IMSS — Trámite de pensión por cesantía en edad avanzada (imss.gob.mx).
- CONSAR — Cuenta individual y modalidades de pensión (gob.mx/consar).
Última revisión: julio de 2026. Las cifras anuales se actualizan conforme cambia la normativa vigente.